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Relaciones con los medios de comunicación

Para los medios de comunicación

Funcionario de información pública

El funcionario de información pública es el director ejecutivo de la corte (CEO, por sus siglas en inglés). Llame al asistente ejecutivo del CEO al (209) 533-5650 si tiene alguna pregunta sobre los medios de comunicación.

Cámaras en la corte y en las salas de audiencias

Estos procedimientos fueron elaborados para la protección de todas las partes y garantizar el manejo seguro y eficiente de casos y eventos en las instalaciones de la Corte Superior, corte del condado de Tuolumne. No se permite filmar, fotografiar ni grabar electrónicamente en la corte, incluidos los pasillos, salvo en los casos permitidos y en consonancia con la regla 1.150 de las Reglas de la corte de California. La contravención de la regla 1.150 de las Reglas de la corte de California puede dar lugar a la terminación de la cobertura mediática, desacato de los procesos de la corte o a las sanciones monetarias previstas por la ley.

Vea la regla 1.150 de las Reglas de la corte de California, relativa a las limitaciones en el uso de cámaras dentro y fuera de la sala de audiencias, antes de hacer una solicitud para filmar o fotografiar un proceso de la corte. A continuación se proporciona un enlace a esta regla.

Solicitudes de cámaras en la sala de audiencias

Las solicitudes de cualquier tipo de cobertura de video, fotografía fija o audio, incluidas las cámaras de grupo, tienen que hacerse de conformidad con la regla 1.150(e)(1) de las Reglas de la corte de California. Para enviar una solicitud, llene los formularios MC-500 y MC-510 y luego envíelos al asistente ejecutivo de la corte ubicado en el segundo piso de la corte en 12855 Justice Center Drive, Sonora, California. Los formularios MC-500 y MC-510 también pueden enviarse por fax a la oficina del asistente ejecutivo de la corte al (209) 533-5618. Los formularios serán enviados al juez presidente para su revisión y consideración. Una vez completada, nos comunicaremos con usted para informarle de la aprobación o la denegación de su solicitud, y sus documentos serán remitidos al secretario del juez que atienda el asunto.

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